Órgano de Cooperación:
Organigrama:
Organigrama:
Estructuras
Administrativas
El Principado de Asturias presenta una
Organización básica, la cual presenta
una relación con las políticas turísticas y que según el organigrama tiene un
orden jerárquico.
El Presidente
del Principado es Javier Fernández Fernández, y se compone de una serie de consejerías.
Consejería
de Economía y Empleo
El Consejero de Economía y Empleo es
Graciano Torre González.
- Se encarga de la propuesta y
ejecución de la política del Gobierno en materia de planificación
económica, empleo, ordenación y coordinación de relaciones laborales,
seguridad laboral y prevención de riesgos laborales, minería, energía,
desarrollo industrial, turismo y asuntos europeos.
- Se
compone para el desarrollo de sus funciones, de unos Órganos centrales
y con unos Órganos de asesoramiento y apoyo:
Órganos
de asesoramiento y apoyo: Consejo
Asesor de Turismo
El anterior Consejo
Consultivo de Turismo ha pasado a denominarse en la actualidad Consejo Asesor
de Turismo.
El Consejo Asesor de
Turismo del Principado de Asturias se compone de un presidente (que es el mismo
que el titular de la Dirección General de Comercio y Turismo, Julio González
Zapico), de un vicepresidente y de una serie de vocales.
- Su función
es consiste
en estar adscrito a la Consejería de Economía y Empleo como órgano de
asesoramiento, apoyo y propuesta para los asuntos referidos a la
promoción, fomento y desarrollo del turismo. Puede asesorar a las
entidades locales cuando éstas así lo soliciten en los asuntos relativos a
la promoción del turismo.
Órganos
centrales: Dirección
General de Comercio y Turismo
El Director general es Julio González
Zapico.
- Se encarga de una serie de funciones
propias relacionadas en materia de comercio, tiene las funciones de
dirigir, coordinar y ejecutar las competencias de la Comunidad Autónoma
en materia de turismo y, en particular, las de promoción, ordenación,
desarrollo, calidad y comunicación de la imagen de los destinos y recursos
turísticos, la gestión de las instalaciones turísticas dependientes de la
Administración del Principado de Asturias, autorización, inspección y
sanción de las empresas y establecimientos turísticos en el ámbito de la
Comunidad Autónoma y el desarrollo de las campañas institucionales de
promoción turística en estrecha colaboración con las consejerías con
competencias concurrentes, particularmente con la Consejería de Educación,
Cultura y Deporte.
En su composición Están incluidos en la Dirección General de Comercio y
Turismo una serie de servicios, que, atendiendo al carácter transversal de esta
dirección se centran por una parte en la actividad comercial y por otra parte
en la actividad turística más concretamente, estando comprendidos en este
último grupo el Servicio de Promoción Turística y el Servicio de Ordenación
Turística:
Servicio
de Promoción Turística:
Elabora las funciones
en materia de fomento, promoción y divulgación de los recursos turísticos, la
creación y diversificación de los productos turísticos; la gestión y
seguimiento de proyectos de desarrollo turístico; la promoción de la imagen
turística; el diseño y coordinación de estudios, análisis y datos turísticos y,
en general, todas las medidas encaminadas a que se potencie el sector.
Servicio
de Ordenación Turística:
Tiene como objetivo la
ordenación del sector turístico en el ámbito territorial del Principado de
Asturias; la coordinación de las directrices sectoriales de ordenación de los
recursos turísticos; la ordenación y gestión del Registro de Empresas y
Actividades Turísticas de Asturias, y la elaboración y mantenimiento de bases
de datos y estadísticas del registro; la colaboración en la regulación de las
enseñanzas no universitarias y la de las profesiones turísticas, y con el
Consejo Asesor de Turismo del Principado; la autorización, inspección y sanción
de las empresas, servicios y establecimientos turísticos; la tramitación de
reclamaciones en materia turística; el desarrollo de proyectos destinados a
convertirse en infraestructuras turísticas y la supervisión de la gestión de
los equipamientos turísticos propiedad de la Comunidad Autónoma; y, en general,
adoptar cuantas medidas se precise en materia de ordenación del sector
turístico de Asturias.
Fuentes consultadas:
.- Decreto 5/2012, de 26 de mayo, del
Presidente del Principado de Asturias, por el que se nombra a los miembros del
Consejo de Gobierno.
- Decreto 4/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma.
-Decreto 73/2012, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Economía y Empleo.
- Decreto 4/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma.
-Decreto 73/2012, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Economía y Empleo.
-Ley del Principado de Asturias 7/2001,
de 22 de junio, de Turismo.
- Ley del Principado de Asturias 10/2010, de 17 de diciembre, de tercera modificación de la Ley del Principado de Asturias 7/2001, de 22 de junio, de Turismo
- Ley del Principado de Asturias 10/2010, de 17 de diciembre, de tercera modificación de la Ley del Principado de Asturias 7/2001, de 22 de junio, de Turismo
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